Esperanza y Vida

Beneficios fiscales

Incentivos fiscales de las donaciones

Los donativos que se hagan a la Obra Social Esperanza y Vida, dan derecho a aplicar una deducción en el Impuesto sobre la Renta y en el Impuesto de Sociedades con los siguientes porcentajes de deducción:

Personas físicas

  • Hasta 250 > 80%
  • Resto > 40%

Personas jurídicas

  • En general > 40%
  • Recurrente (*) > 50%
  • Resto recurrente (*) > 45%

(*) A partir del tercer año de donación a la misma entidad.

La cantidad máxima de donación a la que se puede aplicar la deducción fiscal es el 10% de la Base Liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y del 15% de la Base Imponible del Impuesto de Sociedades.

Estas deducciones se traducen en una disminución muy sensible del coste de las aportaciones para el donante:

Donativos no recurrentes

DONACIÓN  DEDUCCIÓN COSTE REAL / MES
10 € mensuales (120 €/año) 96,00 € 2,00 €
20 € mensuales (240 €/año) 192,00 € 4,00 €
30 € mensuales (360 €/año) 244,00 € 9,67 €

 

Donativos recurrentes

DONACIÓN  DEDUCCIÓN COSTE REAL / MES
10 € mensuales (120 €/año) 96,00 € 2,00 €
20 € mensuales (240 €/año) 192,00 € 4,00 €
30 € mensuales (360 €/año) 249,50 € 9,21 €

 

Por lo tanto, aunque el importe del donativo llega íntegramente a nuestra Obra Social, el coste final para el donante se ve reducido hasta la cantidad indicada como coste real mensual.

IMPORTANTE: No olvide que para poder aplicarle la desgravación fiscal correspondiente, necesitamos que nos facilite su nombre y apellidos, N.I.F. y dirección postal, a través del correo esperanzayvida@hermandaddelao.es

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