La Hermandad de La O ostenta con verdadero orgullo su primer título, el de Archicofradía Sacramental, pues su adoración y culto arranca el año 1615, en la que el arzobispo don Pedro de Castro y Quiñones convierte a la iglesia de Nuestra Señora de la O en auxiliar de la única parroquia en Triana, la Real de Nuestra Señora Santa Ana, motivado por su culto a la Virgen titular y el crecimiento del vecindario en aquella zona norte del arrabal. Desde entonces la cofradía administra los sacramentos del Bautismo, Penitencia, Eucaristía y Extremaunción. De igual modo se le reconoce el derecho de sacar a la calle y acompañar solemnemente a Jesús Sacramentado en Pascua Florida.
De destacar el fervor y adoración al Santísimo Sacramento es que en los años de penuria económica, ante la imposibilidad de la realización de las procesión de Semana Santa, la Hermandad siempre tuvo muy claro hacer solo la de visita a los enfermos e impedidos de Pascua Florida. En 1628 deja de ser “ayuda” de parroquia, aunque la Hermandad sigue manteniendo la celebración de los sacramentos de la penitencia, eucaristía, extremaunción y acogiendo a Jesús Sacramentado para el cumplimiento Pascual en solemne procesión.
En 1685 se ve reconocido a la Hermandad este carácter sacramental, por parte de la institución eclesiástica, cuando se permite a sus hermanos pedir limosna por su demarcación en Triana, para poder adquirir cera y aceite para alumbrar al Santísimo, así como efectuar la procesión de Impedidos. Esto da lugar a numerosos pleitos entre la Hermandad Sacramental y de las Ánimas de Santa Ana y nuestra Hermandad, además de también pedir limosna para el sufragio de las misas por los difuntos enterrados en nuestra iglesia. Los más determinantes de estos pleitos fueron los sentenciados en 1733 a favor de la Hermandad de La O, desde la institución eclesiástica. El archivo de la Hermandad guarda y conserva con verdadero celo y orgullo toda la información, lo que nos da una amplia visión de cuáles fueron las causas que motivaron tales pleitos y, lo más importante, las sentencias que desde la institución eclesiástica se fueron dictando a favor de la Hermandad de La O.
En 1785, por decreto del Real Consejo de Castilla, ante esta disposición del rey Carlos III, sus Reglas son sancionadas y aprobadas ante aquel, además de validadas por la autoridad eclesiástica. En estas nuevas reglas, los hermanos demuestran ser constantes en lo esencial: el continuo, suntuoso y edificativo culto al Santísimo Sacramento en los misterios de la Vida, Pasión y Muerte de Nuestro Señor Jesucristo, de los misterios y adbocaciones (sic) de su Santísima Madre. “Es por lo que confirman los objetivos fundamentales de los hermanos”: el Culto a la Virgen de la O, originaria titular de la Hermandad, regulándose el culto a Jesús Nazareno, agregándose el carácter “sacramental” de la Hermandad, así como la práctica de los sacramentos, especialmente la Eucaristía, manteniéndose muy vigente lo relacionado con el culto a los difuntos y la asistencia al hermano que fallecía.
Como colofón a este culto de adoración al Santísimo Sacramento, el 14 de enero de 1792, mediante patente rubricada por el Cardenal Antonio de Mena, la cofradía del Santísimo Corpus Christi erigida en la iglesia de Santa María de la O, de la diócesis hispalense, quedaba agregada a la Archicofradía del Santísimo Sacramento de la basílica Santa María supra Minerva de Roma. De este modo, nuestra Cofradía obtenía la licencia para poder celebrar los cultos sacramentales con la misma solemnidad que la archicofradía romana, obteniendo los participantes las mismas indulgencia que a ésta le habían concedidos los Papas Pablo V y Clemente VIII. Con esta agregación, queda culminado el reconocimiento institucional del carácter Sacramental de la Hermandad de la O, registrado en las Reglas aprobadas en 1785, y no así por las autoridades eclesiásticas hispalenses hasta 1911, en que fuera erigida la parroquia de Nuestra Señora de la O, con sede en nuestra propia iglesia de Nuestra Señora de la O.